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Home / Código Deontológico |
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1) Prevención y justicia social para evitar, al máximo, cualquier situación de riesgo en los menores, teniendo siempre en cuenta el derecho de todo menor a tener una familia. 2) Eliminar sistemas de márketing para la búsqueda de familias adoptantes o acogedoras. 3) Transparencia en la definición de términos de todas las cuestiones legales, en la separación de funciones y responsabilidades, en las actuaciones, requisitos y declaraciones que intervienen en los procesos mencionados anteriormente. 4) Información por escrito, autentificada, clara y completa, en todas las fases del proceso, anterior a la toma de decisiones de cualquier parte implicada. 5) Control: establecimiento en cada país de un órgano superior de control y comunicación de todos los estamentos implicados, con mecanismos de acceso claros y accesibles a instancia de cualquiera de las partes interesadas. 6) Discreción y respeto a las historias personales previas, especialmente de los menores, de las que deberán estar informados los futuros adoptantes. 7) Respeto al turno de solicitantes en los procesos de asignación de menores, una vez cumplidos los requisitos pertinentes. 8) Derecho de los solicitantes para aceptar o no, sin presiones, menores con necesidades especiales o con información manipulada sobre su situación real física y psíquica. 9) No discriminación de los solicitantes por razones económicas, de formación cultural, edad, estado civil o de hecho, orientación sexual, etc. 10) Celeridad y Eficacia: dotar a los organismos responsables de los medios necesarios para la formación y profesionalización de las partes, para agilizar al máximo las distintas fases de los procesos mencionados y para lograr un correcto cumplimiento de los puntos anteriores.
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